Mónica Isabel Pérez Campos
Los comicios electorales del año de 2009 arrojaron un resultado crítico. El Órgano Legislativo de Panamá tiene el porcentaje más bajo de representación de mujeres en toda América Latina. Lo que hace inferir que la norma de Cuota Electoral de Género, establecida mediante la Ley 22 de 14 de julio de 1997, ha sido ineficaz.
Las mujeres somos la mitad de la población y de la ciudadanía, así que si hay una exigua representación en los órganos de decisión y en los cargos de elección popular constituye una conculcación de derechos. Sin ánimo de ser exhaustiva, puedo mencionar que se lesionan los siguientes derechos: el derecho a la no discriminación por razones de sexo, el derecho de la igualdad ante la ley de hombres y mujeres y el derecho a la participación y a la representación política (a elegir, ser elegidas y a estar debidamente representadas como esa mitad de la población y de la ciudadanía nacional).
La Convención sobre la Eliminación de Todas la Formas de Discriminación contra la Mujer desarrolló que: “Discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”.
En Panamá hay discriminación que tiene lugar entre hombres y mujeres, que se presenta en tratamientos formalmente no discriminatorios de los que derivan consecuencias fácticas desiguales perjudiciales. Ese resultado es lo que determina que no haya conciliación entre la cartilla de derechos de lasmujeres con el ejercicio de los mismos.
El desempleo, la precariedad y la exclusión social afectan mayormente a las mujeres que a los hombres. En el 2002, el ingreso per cápita de los hombres ocupados resultó ser el doble del de las mujeres ocupadas, a pesar de que la población femenina graduada en la Universidad de Panamá es superior a la del hombre.
Las mujeres tampoco alcanzamos a vivir una vida libre de violencia. La escandalosa cantidad de femicidios y femicidios íntimos que tiene el país así lo indica. Una inmensa mayoría de mujeres mueren en manos de aquellos hombres que juraron amarlas eternamente.
La baja representación política también constituye un asunto de derechos humanos de las mujeres pendiente. En 1999 las mujeres que resultaron proclamadas fueron el 12.7%, en 2004 el 14.6% y en 2009 el 13.8% y solamente son diputadas el 8.5%.
Por lo descrito es que las medidas de acción positiva, como la cuota electoral de género, son necesarias y deberían tener eficacia, toda vez que las mismas son obligaciones internacionales, en materia de derechos humanos, vinculantes para el Estado panameño.
En la Asamblea Nacional siguiente es necesario que haya una mayor representación femenina, que se constituya en la masa crítica (por lo menos el 30% de mujeres electas) y que contribuya al adelanto fáctico de las mujeres.
La Prensa.
Panamá, viernes 10 de septiembre de 2010
Opinión
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